Alberto de Palacio

Costes y rentabilidad

Ley de desperdicio alimentario en hostelería: qué te obliga a hacer y cómo sacarle ahorro

Envase gratis para las sobras, plan de prevención y multas de hasta 500.000 €. Lo que te toca de verdad y cómo convertirlo en margen.

Esto te puede parecer un pestiño, pero lo interesante es que esta ley, bien entendida, te puede ahorrar dinero.

Desde abril de 2026, si un cliente no se termina la comida, tienes que ofrecerle llevársela en un envase apto, reutilizable o fácilmente reciclable, y sin cobrarle nada por él. Es la parte de la Ley 1/2025 que más afecta al día a día de un bar o un restaurante. Hay más cosas, y hay multas.

Vamos por partes.

Qué es la ley y desde cuándo te afecta

Se llama Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario. Se publicó en el BOE el 2 de abril de 2025 y dio un año de margen para adaptarse. Desde el 2 de abril de 2026 las obligaciones generales del artículo 6 son exigibles.

Mucha gente la llama «la ley del táper».

Aquí tienes el texto completo en el BOE, por si quieres leerlo tú mismo.

Qué tienes que hacer, en concreto

1. Dejar que el cliente se lleve lo que no se ha comido

Es la obligación estrella, y afecta prácticamente a todos los restaurantes. Está en el artículo 8 de la ley.

¿Ahora va a hacer la gente los banquetes en casa gracias a los bufés libres?

No, es la excepción de la regla. El propio artículo 8 deja fuera los formatos de bufé libre o similares.

2. Tener un plan de prevención del desperdicio

La ley pide a los negocios un plan que explique cómo vas a evitar tirar comida y qué haces con lo que sobra, siguiendo este orden:

  1. Prevenir: que no sobre.
  2. Aprovechar: transformar lo que sobra en otra cosa (fondos, cremas, menú del personal…).
  3. Donar lo que esté en buen estado.
  4. Alimentación animal o compost.
  5. Y solo al final, tirar.

Ojo, aquí hay un matiz importante: la propia ley deja fuera de estas obligaciones generales a las microempresas. Lo dice el artículo 6.6, y el artículo 3.f las define como las que ocupan menos de diez personas y no superan los dos millones de euros de volumen de negocio o de balance anual. Muchos bares y restaurantes lo son.

Por eso empezaba hablando de esto: lo más probable es que necesites envases para las sobras, porque eso sí te toca.

Si no tienes claro en qué grupo estás, pregúntale a tu gestoría.

Y aunque no te obliguen, te recomiendo hacer el plan igualmente. Ahora te explico por qué.

3. No destruir alimentos que se pueden aprovechar

Tirar comida en buen estado cuando se podía donar o aprovechar también es una infracción.

¿Y si no lo cumplo? Las multas

La ley tiene su propio régimen de sanciones, que aplican las comunidades autónomas a través de Consumo:

TipoCuantíaEjemplos
LevesHasta 2.000 €No informar al cliente de que puede llevarse las sobras.
GravesDe 2.001 a 60.000 €No tener el plan de prevención cuando estás obligado.
Muy gravesDe 60.001 a 500.000 €Destrucción deliberada de alimentos aptos, reincidencia.

Cuantías del régimen sancionador de la Ley 1/2025, verificadas en septiembre de 2026.

Las muy graves están pensadas para casos serios y reincidentes, no para el bar de la esquina que se equivoca una vez.

Pero no ofrecer el envase o cobrarlo es fácil de denunciar: basta con que un cliente se queje. Y es precisamente una de las infracciones leves.

Lo que nadie te cuenta: el desperdicio es tu dinero

Aquí es donde me pongo pesado, porque es lo importante.

Cada kilo que tiras lo has pagado dos veces. Una al proveedor. Otra con las horas de quien lo ha limpiado, cortado y cocinado.

Cuando haces un escandallo bien hecho, la merma ya está dentro del coste del plato. Pero el desperdicio del día a día, el que va al cubo al cerrar, no está en ningún escandallo.

Se va comiendo tu margen poco a poco, mes a mes, año a año…

Por eso el plan de prevención, aunque seas microempresa, merece la pena.

Aunque sea solo por ti.

Me pasó en un restaurante de Fuengirola algo que nunca vi. Estaba trabajando con ellos, no como consultor. Por estar en medio de la temporada y no haber previsto un plan de aprovechamiento, la cantidad de desperdicios que se tiraba era una pasada.

No tenía sentido. Me puse un poco serio con el jefe, pero se escudaba en el tiempo y en la logística para poder guardarlo, y después usarlo.

La verdad que solo en comida de personal se hubiera ahorrado mucho, pero que mucho dinero.

Cómo hacer tu plan de prevención en una tarde

No hace falta un documento de 40 páginas. Con esto vas a ir sobrado.

Paso 1. Mide lo que tiras durante dos semanas

Un cubo aparte para la comida y una libreta al lado. Al final del servicio pesas y apuntas: qué era, cuánto y por qué (sobrante de producción, caducado, devuelto por el cliente, lo que dejan en el plato).

Con dos semanas bastan para ver el patrón.

Paso 2. Ataca las tres causas más grandes

Casi siempre son estas:

Paso 3. Decide qué haces con lo que sobra

Paso 4. Escríbelo y ponlo en la cocina

Una página: qué medís, quién lo apunta, qué se hace con cada tipo de sobrante y a quién se dona. Revísalo cada semestre.

Ya tienes plan. Y si te piden papeles, ya los tienes.

El envase: cómo cumplir sin que te cueste un dineral

El envase te va a costar algo, eso es así. Las estimaciones del sector hablan de 20 a 40 céntimos por unidad, según el material. Para que no te coma:

Y si ves que sobra mucha comida en los platos, no es un problema del envase.

Es que la ración está mal calculada.

Checklist rápido

Menos desperdicio es más margen.

Si quieres saber cuánto te cuesta de verdad cada plato, empieza por la calculadora de escandallos. Y si quieres que revisemos juntos tu cocina, hablamos.

Cuéntame tu caso

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar el envase para llevarse las sobras?

No. La ley dice expresamente que el cliente tiene que poder llevarse la comida sin coste adicional.

¿Tengo que ofrecerlo yo o esperar a que me lo pidan?

Tienes que informar al cliente de que tiene ese derecho. Lo más sencillo es ponerlo en la carta y que el personal lo ofrezca cuando vea que sobra comida. No informar es una infracción leve, de hasta 2.000 €.

¿Afecta a los bufés?

No. Los bufés libres o similares, donde la cantidad de comida no está limitada, quedan fuera de esta obligación por el propio artículo 8 de la ley.

¿Si soy microempresa tengo que hacer el plan de prevención?

No. El artículo 6.6 excluye a las microempresas de las obligaciones generales, como el plan. Se consideran microempresas las de menos de diez trabajadores y hasta dos millones de euros de volumen de negocio o balance anual. Pero la obligación de facilitar el envase para las sobras sí te afecta. Confírmalo con tu gestoría según tu caso.

¿Qué envase puedo usar?

Uno apto para uso alimentario que sea reutilizable o fácilmente reciclable. Mejor cartón o materiales compostables que plástico de un solo uso, porque además desde el 12 de agosto de 2026 se aplica el nuevo reglamento europeo de envases, el Reglamento (UE) 2025/40.